Consulta - 32247

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PREGUNTA:

Buenas tardes,

Relacionado con el Expediente PIC2026_32247 Contratación de una póliza de seguro colectivo de accidentes para el personal en activo de FRATERNIDAD MUPRESPA,  trasladamos las siguientes consultas:

 

1,- Número de empleados que en la actualidad están en situación de Incapacidad temporal de más de 6 meses, así como número de casos en trámite de Incapacidad, indicando en ambos casos fecha de nacimiento.

 

2.- Del colectivo de empleados informado, ¿podrían indicarnos desglose por grupos profesionales?  Nº administrativos / Técnicos / Sanitarios / Médicos…

 

3.- En el Pliego no se indica límite máximo de indemnización en caso de siniestro, ¿pueden confirmar que se acepta el límite propio establecido en las condiciones generales de cada compañía aseguradora?.

 

4.- Sobre la garantía de Asistencia Sanitaria se solicita cobertura de 1.000 € en médicos no concertados, ¿pueden confirmar que no se solicita otro tipo de cobertura en centros concertados?.

 

Gracias.


RESPUESTA:


Buenos días,

A continuación le facilitamos las respuestas:

1,- Número de empleados que en la actualidad están en situación de Incapacidad temporal de más de 6 meses, así como número de casos en trámite de Incapacidad, indicando en ambos casos fecha de nacimiento.

Hay 29 empleados que se encuentran en situación de baja desde hace más de 180 días a 1 de junio de 2025. A continuación, aportamos la información:

Año

Mes

Tipo

Empleados

2023

diciembre

ENFERMEDAD

1

2024

febrero

ENFERMEDAD

2

2024

marzo

ENFERMEDAD

3

2024

abril

ENFERMEDAD

1

2024

junio

ENFERMEDAD

4

2024

julio

ENFERMEDAD

3

2024

agosto

ENFERMEDAD

3

2024

septiembre

ACCIDENTE

1

2024

septiembre

ENFERMEDAD

1

2024

octubre

ENFERMEDAD

5

2024

noviembre

ENFERMEDAD

5

Total

 

 

29

 

Actualmente hay dos de los empleados incluidos en la relación de activos que han solicitado el reconocimiento de una incapacidad. No se facilita la fecha de nacimiento al no ser un dato relevante para valorar el riesgo.

 

2.- Del colectivo de empleados informado, ¿podrían indicarnos desglose por grupos profesionales?  Nº administrativos / Técnicos / Sanitarios / Médicos…

 A continuación aportamos la clasificación de los 2189 empleados :

Clasificación

Total

Alta Dirección

5

Directivos

123

Mandos Intermedios

102

Coordinadores

47

Traumatólogos

21

Médicos

350

Técnicos

234

Técnicos de prevención

55

Enfermeros

270

Fisioterapeutas

178

Técnico especialista en radiodiagnóstico

20

Administrativos

530

Auxiliares Sanitarios

233

Auxiliares

21

Total general

2189

 

3.- En el Pliego no se indica límite máximo de indemnización en caso de siniestro, ¿pueden confirmar que se acepta el límite propio establecido en las condiciones generales de cada compañía aseguradora?.

No se ha definido en esta contratación un cúmulo, por tanto, en ningún caso puede la Compañía Aseguradora establecer un límite máximo de indemnización.

 

4.- Sobre la garantía de Asistencia Sanitaria se solicita cobertura de 1.000 € en médicos no concertados, ¿pueden confirmar que no se solicita otro tipo de cobertura en centros concertados?.

La asistencia sanitaria derivada de accidente consiste en un límite de 1.000 € en centros de libre elección, en médicos no concertados, por tanto, se entiende que en la definición de la garantía solo estará cubierta en este caso.

 

Gracias por su atención y colaboración,

Un saludo